Versión Anticipada de RGMCE y su Impacto en el Operador Económico Autorizado

La primera versión anticipada de la Segunda Modificación a las Reglas de Comercio Exterior ha llegado, trayendo novedades emocionantes y alertas importantes en este mes de los sustos. Descubre cómo estas modificaciones pueden afectar a tu empresa y qué medidas tomar.

El pasado 7 de octubre de 2024, el SAT publicó la 1ra Versión Anticipada de la 2da Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RMRGCE) 2024. Estos cambios traen implicaciones importantes para las empresas certificadas y aquellas que buscan incursionar en el RECE bajo las nuevas disposiciones.

Entre los puntos clave, destacan los siguientes que impactan directo a los interesados o involucrados con el Operador Económico Autorizado:

Los cambios en el artículo 59, apartado C de la Ley Aduanera buscan reforzar el cumplimiento en la gestión de inventarios, lo que afectará a empresas que operan bajo el esquema IMMEX y que deben mantener un registro preciso y en tiempo real de sus inventarios. El Anexo 24 ha sido una herramienta clave para cumplir con esta obligación, pero con los cambios previstos, será crucial para las empresas evaluar sus procesos actuales y adaptarlos para evitar riesgos de incumplimiento.

Esto también supone un reto para los desarrolladores de Software, ya que deben apegarse puntualmente para brindar un producto adecuado y atención más ágil para sus clientes.

Sistema de Control de Inventarios

Una reiteración importante es que los representantes legales (RL) con actos de dominio o personal que formen parte de la administración de las empresas certificadas no deben estar vinculadas con empresas cuyo registro haya sido cancelado. Esto se refiere particularmente a los casos cubiertos en las reglas 7.2.4 y 7.2.5 de las RGCE, donde se detallan las causas de cancelación.

Particularmente, para el Operador Económico Autorizado que estas personas estén en algún supuesto del Apartado A:

V. Presentar información falsa

VI. Denuncia penal por parte del SAT

VII. No sea localizado en su domicilio fiscal

Según la RGCE 7.1.4, las empresas de transporte que buscan certificarse como Socios Comerciales Certificados (SCC) y que ya cuentan con la certificación CTPAT deberán demostrar no se encuentran en proceso de suspensión o cancelación por parte de la CBP (Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos) y cumplimiento robusto con los Criterios Mínimos de Seguridad (MSC) cuando omitan presentar el perfil de seguridad utilizando el formato E5 de las instalaciones validadas.

Si la empresa IMMEX ya cuenta con el programa CTPAT, podrá omitir también la presentación del perfil de la Empresa del formato E3 siempre y cuando cumpla con la misma condición prevista en el párrafo anterior, según la fracción IV del apartado G de la RGCE 7.1.4.

Cuando una empresa impida el acceso al personal de la autoridad para ejercer la visita verificación o seguimiento, la RGCE 7.1.6, fracción V indica que se considerará una causal de requerimiento y se otorgarán 15 días para responder a partir del día siguiente que surta efectos la notificación. Omitirlo es causal de suspensión.

El plazo de respuesta será computado en 120 días ya que tengan cubiertos TODOS los requisitos. Si no se emite una respuesta explícita en ese periodo, se considerará que la resolución es favorable.

Algunos de los avisos de la regla 7.2.1 como el Aviso único de Renovación en el Registro del Esquema de Certificación de Empresas ahora será dado mediante la ficha de trámite 153/LA “Solicitud para la inscripción en el RECE y aviso para su renovación” del Anexo 2, antes llamado B15.

Ahora se presentará la Ficha de Trámite 154/LA “Avisos relacionados con el RECE” del Anexo 2 para cumplir con el antiguo formato B13 relacionado con la apertura, cierre o modificación de establecimientos y lugares donde se realicen actividades de comercio exterior dentro del mes siguiente en que ocurran los cambios.

Estos son algunos de los puntos destacables para las empresas que forman parte de la Certificación OEA en la modalidad IMMEX y Socio Transportista. Es importante recalcar que la base para el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas es el cumplimiento fiscal y varios de los ajustes aplican para los perfiles de Controladora, Recinto Fiscal y Certificación de IVA-IEPS. En todos los casos es obligatorio cumplir con el aspecto fiscal.

Si tienes dudas de cómo continuar en concordancia y presentar las adecuaciones de tus procedimientos, estructuras y/o domicilios, envíanos un correo a info@cslogistica.mx para agendar una cita sin costo.

Respuestas Prácticas para Negocios en Marcha

¿Qué es el Data Stage?

También se le conoce como #Glosa de #Pedimentos

Todos los contribuyentes en México que realizan operaciones de comercio exterior a través de las diferentes #aduanas del país transmiten información a través del Sistema de Automatización Aduanera Integral (#SAAI), misma que contiene información relacionada con las mercancías, tráfico y régimen aduanero de destino; ésta se colecta y procesa por la autoridad mexicana, misma que se agrupa en los archivos del DataStage.


¿Para qué sirve el Data Stage?

Usando esta información se pueden obtener datos de tus operaciones de comercio exterior (importaciones, exportaciones, reexpediciones, cambios de régimen, regularizaciones y demás) para analizar tus movimientos y tomar decisiones.

Este reporte pude servir para evaluar y determinar planes de acción para mejorar la emisión de facturas, considerar las #FraccionesArancelarias y verificar el nivel de cumplimiento de tu Sistema de Control de Inventarios de Anexo 24, o detectar incidencias de manera oportuna, entre otros.

¿Cómo puedo obtener mi Data Stage?
Mediante la #MatrizdeSeguridad se solicita la recepción, retrabajo y programación de esta herramienta, su fundamento legal se encuentra en el Art. 144, fracción XXVI de la Ley #Aduanera Vigente ¡podemos ayudarte!

Contáctanos por mensaje o a través de www.cslogistica.mx.


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